Se agrega una droga más a la ya frecuente indagatoria del alcohol en conductores durante la noche del 24 de agosto.
En un hecho inédito en la historia del país, cuerpos fiscalizadores departamentales y nacionales custodiarán calles y carreteras, en múltiples procedimientos, que además de los controles habituales de documentación y respeto a las normas básicas del tránsito, insistirán en los controles de drogas a los conductores incluyendo la marihuana como novedad a los ya acostumbrados controles de alcohol.
Este fin de semana múltiples puntos de la vía pública serán delimitados con señales visibles a los efectos de la detención momentánea de vehículos.
Una vez facilitada por el conductor la documentación que soliciten los agentes, se le explicará el motivo de la detención, solicitándole descender del vehículo y trasladarse a un lugar seguro de los riesgos del tránsito.
El agente procederá a explicarle a la persona el procedimiento de la toma de la muestra para detectar la presencia de THC (el principio activo de la marihuana cuando se la consume) en su organismo.
La prueba de detección se realiza mediante la toma de una muestra de saliva; el dispositivo tarda 8 minutos en analizarla.
Posteriormente el agente exhibirá el test al conductor, explicándole los resultados visibles y sus consecuencias en caso de haberse constatado presencia de THC en su organismo, informándole de las sanciones que derivan de ello (art. 15 ley 19.172 – art. 46 ley 18.191).
En caso de que el conductor se niegue a realizar la prueba, se le explicará que esa conducta amerita la aplicación de las sanciones previstas en el art. 15 de la ley 19.172 con remisión al art 46 de la ley 18.191, configurando presunción simple en su contra.
Consecuencias en caso de detección de consumo de marihuana
No podrá continuar conduciendo aquel conductor al que se le constató presencia de THC en su organismo.
Si existiera un acompañante habilitado a conducir, y previo examen con resultado negativo, podrá ser éste designado responsable por la persona y hacer efectivo el retiro del vehículo.
En caso de no tener acompañante, o éste no estar en condiciones de conducir, si el conductor está en condiciones solicitará la presencia de responsable, o en su defecto será derivado hasta la seccional policial acordada previamente o sede judicial prevista.
Cuando el conductor no se encuentre acompañado, el rodado quedará en custodia del equipo de detención, mediante los mecanismos y lugares que a tales efectos se dispongan; cuyas costas serán de cargo del sancionado.
Publicado: 22/08/2014 - 17:30 hs. - Textos y fotos: Unasev.